La compraventa de un inmueble en Francia

La compraventa de un inmueble en Francia

Para poner a la venta un inmueble en Francia o para comprarlo es casi obligatorio pasar por un agencia inmobiliaria.

Como información práctica, los gastos de agencia, que normalmente corren a cargo del vendedor, suelen estar alrededor del 6%-8% del precio del inmueble.

Una vez encontrado el comprador, las etapas que sigue la compraventa en Francia son las siguientes:

 

1° ) Firma de una promesa de venta.

A través de la firma de este contrato el vendedor se compromete a reservar su bien al comprador. En contrapartida el comprador adelanta al vendedor un 10% del precio de venta del inmueble. Esta cantidad se entrega al notario, al abogado o al agente inmobiliario que lleva la venta.

Se recomienda firmar la promesa de venta directamente ante notario, pues de realizarla mediante acuerdo privado hay que registrarla ante la administración tributaria en un plazo de 10 días tras la firma.

A continuación el comprador dispone de un plazo, fijado en contrato, para confirmar la venta.

 

Si la venta no se concluye por cualquier motivo, he aquí los diferentes escenarios:

Caso 1: el vendedor se retira antes de que el comprador confirme la compraventa.

El comprador recupera el adelanto del 10% y puede solicitar al vendedor daños y perjuicios (fijados alrededor de 2 veces el 10% del adelanto).

Caso 2: el comprador no confirma la compraventa en los plazos fijados

El vendedor en este caso conserva el adelanto del 10% salvo que no se realice alguna condición suspensiva incluida en la promesa de venta (por ejemplo la concesión de un préstamo hipotecario), caso en el que podría recuperar la cantidad adelantada al vendedor.

Aquí el vendedor podría vender de nuevo su bien a otra persona.

Caso 3: el vendedor se niega a la venta una vez que el comprador a confirmado la misma.

El comprador recupera el adelanto del 10% y puede exigir ante los Tribunales la realización de la venta así como la obtención de danos y perjuicios.

 

A diferencia de la promesa de venta (llamada también promesa unilateral de venta), que compromete al vendedor a vender el inmueble al comprador designado, en el compromiso de venta, ambas partes se comprometen: el vendedor a vender y el comprador a comprar.

En el caso de firmar un compromiso de venta, el comprador entrega un depósito en garantía con un valor entre el 5% y el 10% del precio del bien.

A continuación el vendedor dispone de un plazo de 7 días para retractarse de la venta.

 

2°) Firma de la compraventa

Firmado ante notario, con la firma se transmite la propiedad al comprador y se paga el precio al vendedor. El comprador paga al vendedor el resto del precio de venta (precio de venta – adelanto por inmovilización del bien del 10%).

El notario deberá proceder al registro de la venta y a su publicación.

Cada una de las partes obtiene la llamada “copia auténtica” de la escritura de compraventa.

 

Para el asesoramiento y representación durante el procedimiento de compraventa, nuestro despacho de abogados queda a su disposición.