01 Feb ¿Cuándo es obligatorio nombrar auditor de cuentas (commisaire aux comptes) en Francia?
La obligación de nombrar auditor de cuentas (commisaire aux comptes) en Francia depende de la forma jurídica de la empresa y del volumen de negocios obtenido a fecha de cierre de ejercicio.
Analizamos esta obligación para las tres figuras societarias principales: SARL, SAS y SA.
- SARL : el nombramiento de auditor es obligatorio si se alcanzan al menos dos de los umbrales siguientes:
– 1.550.000 euros de balance,
– 3.100.000 euros de volumen de negocios antes de impuestos (HT),
– 50 trabajadores.
Su designación se realiza en asamblea o tras una consulta escrita de la mayoría de accionistas (más de la mitad de las partes sociales).
- SAS: nombramiento obligatorio si se alcanzan al menos dos de los umbrales siguientes:
– 1.000.000 euros de balance,
– 2.000.000 euros de volumen de negocios antes de impuestos (HT),
– 20 trabajadores.
IMPORTANTE: el nombramiento de auditores es también OBLIGATORIO cuando la SAS controla o es controlada por otra sociedad en más de la mitad de los derechos de voto. Este es el caso de la mayoría de filiales.
Su designación se realiza por decisión colectiva de los socios, bajo propuesta del Presidente o de otro órgano de dirección.
- SA: su nombramiento es siempre obligatorio, y se designa en asamblea general ordinaria, bajo propuesta del consejo de administración o en determinadas condiciones, bajo propuesta de los accionista.
El mandato de los auditores es de 6 años, pudiendo ser renovable.
El dirigente de una empresa que no nombra auditor y que no provoca su designación es susceptible de ser condenado hasta 2 años de cárcel y multa de 30.000 euros.
Para toda consulta relativa al nombramiento de auditores, quedamos a su disposición en info@desarrollo.swing28.com
(Ver también nuestra entrada OFICINA DE REPRESENTACION, SUCURSAL O FILIAL)