10 Feb Impagos (I) : el requerimiento como primer paso
Debido a la creciente globalización de las empresas nos encontramos con el frecuente problema de deudas que no han sido honoradas por empresas o establecimientos situados fuera del territorio nacional.
¿Cómo intentar recobrar esas cantidades adeudadas?
El primer paso a dar es preparar un requerimiento oficial.
Para ello necesitaremos copia de la factura impagada e idealmente copia del pedido y copia de la entrega de la mercancía adeudada o del servicio prestado.
Nuestros abogados preparan una carta oficial de “mise en demeure” o puesta en mora.
Este requerimiento debe enviarse por correo certificado, contiene las menciones necesarias del código civil francés y a contar desde su recepción empiezan a correr intereses legales.
A las cantidades impagadas se le sumarían las siguientes:
+ las eventuales “penalidades por retraso” que hayan sido estipuladas en contrato;
+ una reclamación de 40 euros, indemnización que fijan los artículos 441-6 y D. 441-5 del código mercantil francés por gastos de recobro y que es debida de forma automática por todo retraso en el pago de una factura.
Si en el plazo de 8 días el deudor no abona su deuda se podrá iniciar el contencioso correspondiente. Este procedimiento lo explicamos en nuestro artículo IMPAGOS (II): LA RECLAMACION JUDICIAL