Protocolos de acoso laboral en Francia: diferencias clave con el marco español y obligaciones para las empresas

Protocolos de acoso laboral en Francia: diferencias clave con el marco español y obligaciones para las empresas

En el ámbito laboral, la prevención y gestión del acoso moral o acoso laboral es una obligación legal tanto en España como en Francia. Sin embargo, las normativas, procedimientos internos y responsabilidades del empleador presentan diferencias significativas en ambos países que las empresas con actividad transfronteriza deben conocer.

En TPC Abogados asesoramos a empresas españolas que operan en Francia en el cumplimiento de la normativa laboral local, incluida la elaboración e implementación de protocolos eficaces de prevención del acoso laboral conforme al Code du travail francés.

La normativa francesa sobre acoso laboral: un marco estricto y detallado

En Francia, el acoso laboral (harcèlement moral) está regulado principalmente por los artículos L.1152-1 a L.1152-4 del Code du travail y el artículo 222-33-2 del Code pénal.

Se define como un conjunto de actos repetidos que deterioran las condiciones de trabajo, afectan a la dignidad o la salud física o mental del trabajador o comprometen su futuro profesional.

Además, la ley francesa prohíbe expresamente cualquier represalia contra un trabajador que denuncie acoso (art. L.1152-2) y exige que el texto legal que prohíbe el acoso esté obligatoriamente expuesto en el centro de trabajo (art. L.1152-4).

Elementos esenciales del protocolo de acoso laboral en Francia

Las empresas en Francia deben contar con un procedimiento interno claro y documentado que incluya al menos las siguientes etapas:

  •  Recepción de la denuncia: confirmación por escrito al trabajador, información sobre la confidencialidad y apertura de investigación.
  • Medidas cautelares inmediatas: como separación de personas implicadas, cambios de puesto o teletrabajo temporal.
  • Intervención del Comité Social y Económico (CSE): el órgano representativo de los trabajadores puede participar en la investigación (art. L.2312-59).
  • Investigación interna exhaustiva: entrevistas a víctima, acusado y testigos, análisis de pruebas y evaluación conforme a la definición legal.
  •  Informe final y medidas: sanciones disciplinarias, comunicación a autoridades si procede, mediación o archivo del caso.
  • Seguimiento y prevención continua: formación a directivos, revisión de políticas y garantía de ausencia de represalias.

El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones administrativas, responsabilidad civil e incluso penal para el empleador, así como graves consecuencias reputacionales.

Diferencias clave con el protocolo español

Aunque en España también existe la obligación de prevenir el acoso laboral, las exigencias formales y sanciones son más detalladas en Francia. Estas son algunas diferencias destacadas:

AspectoFranciaEspaña
Definición legalArt. L.1152-1 Code du travail: actos repetidos que deterioran las condiciones laborales y afectan dignidad o salud.
No hay definición expresa en el Estatuto de los Trabajadores; se configura a través de jurisprudencia y Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Obligación de protocolo internoObligatorio y detallado, con fases específicas y participación del CSE.
Recomendado; obligatorio en el sector público y cada vez más exigido en el privado.
Obligación de señalizaciónSí, el texto legal debe estar expuesto en el lugar de trabajo (art. L.1152-4).
No existe obligación expresa de señalización.
Participación de representantesIntervención del CSE obligatoria o altamente recomendable.Comité de empresa o delegados de prevención pueden intervenir, pero no es obligatorio en todos los casos.
Sanciones por incumplimientoMultas administrativas (hasta 3.750 €), responsabilidad civil reforzada y posible imputación penal del empleador.
Multas en prevención de riesgos laborales y responsabilidad civil; la vía penal es menos frecuente.

Por qué es esencial adaptar tu protocolo si tu empresa opera en Francia

Muchas empresas españolas con filiales o empleados desplazados en Francia desconocen que el cumplimiento formal del protocolo de acoso laboral francés es una obligación legal y un elemento de protección frente a litigios.

Un incumplimiento, incluso tan sencillo como no colocar el cartel obligatorio con los artículos legales, puede usarse en juicio como prueba de falta de prevención, debilitando gravemente la posición de la empresa.

En TPC Abogados ayudamos a las empresas españolas a diseñar e implementar protocolos internos adaptados al marco francés, a formar a sus equipos directivos y a gestionar investigaciones internas conforme al derecho laboral francés.



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