El trabajador que ha adquirido el derecho de tener vacaciones pagadas percibe una indemnización llamada “indemnité de congés payés”.
Esta indemnización se calcula de dos maneras (arts. L3141-24 al L3141-31) , tomando aquella que resulte más ventajosa para el trabajador :
– por la regla que prevé que la indemnización es igual al 10% de la remuneración bruta total percibida por el trabajador durante el “periodo de referencia” (periodo durante el cual el trabajador adquiere en Francia las vacaciones pagadas, legalmente y salvo disposición contraria, se fija desde el 1 de junio del año X al 31 de mayo del año X+1)
O
– por la regla de “mantenimiento del salario”, que prevé que la indemnización de vacaciones pagadas es igual a la remuneración que el trabajador habría percibido si hubiese continuado trabajando.
Ejemplo:
Un trabajador recibe 20.000 euros brutos anuales ( 1.666,66 euros brutos mensuales). Si toma 2 semanas de vacaciones los cálculos son los siguientes:
- CALCULO DE MANTENIMIENTO DE SALARIO
Se tiene en cuenta el horario real realizado durante un mes (7 horas por día) durante un mes que tiene 21 días hábiles.
El n° de horas trabajadas son 147 horas (21×7)
El n° de horas no trabajadas por vacaciones son 70 horas (10×7)
Por tanto,
1.666,66 euros x (7×10) / (7×21) = 793,64 euros
- CALCULO DEL 10%
20.000 /10 = 2.000 euros por unas vacaciones de duración de 25 días hábiles
Para una fracción de 2 semanas, el cálculo es el siguiente:
Días hábiles en 2 semanas = 10 días
(20.000/10) x (10/25) = 800 euros
Por tanto, el segundo cálculo es más favorable y es el que recibiría el trabajador.
Nota: si no ha habido aumento a lo largo del año, la regla del 10% es la aplicable. Por tanto, para calcular esta indemnización hay que tener en cuenta:
– El n° de meses remunerados
– El salario mensual bruto medio
– El n° de días de vacaciones ya tomadas