30 Oct ¿Qué es el desplazamiento de larga duración en Francia?
Desde el pasado 30 de julio del 2020, las normas aplicables en el desplazamiento de larga duración en Francia ha cambiado en la Unión Europea. En principio, únicamente algunas reglas del derecho laboral del país de acogida se aplican a los trabajadores desplazados (es decir, el “núcleo duro”).
Por tanto, de ahora en adelante, los desplazamientos de larga duración a Francia deberán respetar todas las disposiciones legales y convenios colectivos de aplicación general en Francia. Sin embargo, las normas relativas a la conclusión y a la ruptura del contrato de trabajo, así como las relativas a los regímenes complementarios de jubilación no se aplicarán.
Información para los trabajadores fronterizos y los trabajadores desplazados
¿A partir de cuándo se considera que un desplazamiento es de larga duración?
Una vez hayan transcurrido 12 meses, se considera que el desplazamiento es de larga duración en Francia.
⚠ Los períodos de desplazamiento realizados por distintos trabajadores para un mismo puesto de trabajo se acumulan.
El empleador puede prorrogar el desplazamiento durante 6 meses adicionales haciendo una declaración motivada. Por tanto, la duración del desplazamiento podrá alcanzar 18 meses.
¿Cómo debe hacer el empleador la declaración motivada para obtener una prórroga del “núcleo duro” hasta un periodo de 18 meses?
No es necesario hacer una declaración adicional. La declaración puede hacerse directamente en la declaración de desplazamiento en la plataforma SIPSI.
Desde el pasado 17 de julio de 2020, para las nuevas declaraciones, es posible seleccionar esta opción e indicar el motivo de la solicitud en el enmarcado dedicado a los trabajadores desplazados en la declaración de desplazamiento.
Desde el pasado 2 de septiembre de 2020, también es posible hacerlo poniendo al día una declaración ya transmitida para un desplazamiento en curso.
¿Cuál es el régimen aplicable a los desplazamientos ya en curso en Francia?
Los desplazamientos ya en curso que han alcanzado o alcanzarán un periodo de 12 meses y 15 días después del 30 de julio podrán beneficiarse de un periodo de transición de un mes. Durante este plazo, el régimen del “núcleo duro” será prorrogado, sin que sea necesario hacer una declaración motivada.