27 Abr Crisis del Covid-19 en Francia: derogaciones de la duración máxima de la jornada laboral para sectores esenciales
Con la crisis del COVID-19 el gobierno francés ha sacado varios decretos para paliar los efectos económicos, entre ellos el decreto que modifica la forma de tomar vacaciones, la duración de la jornada laboral y los días de descanso (ordonnance n° 2020-323 du 25 mars 2020 portant mesures d’urgence en matière de congés payés, de durée du travail et de jours de repos).
Las disposiciones relativas al aumento de la duración máxima de la jornada laboral de forma excepcional son de aplicación en los “sectores de actividades particularmente necesarios para la seguridad de la nación y la continuidad de la vida económica y social”, sin precisar en el decreto de qué sectores se trata.
En posteriores declaraciones a la prensa, el Ministro de Economía ha hablado de sectores como energía, telecomunicaciones, logística, transportes y sector agroalimentario (sin ser ésta una lista exhaustiva).
A día de hoy no ha salido el decreto que precise estas actividades, pero en cualquier caso hay que informar inmediatamente a la DIRECCTE (autoridad laboral competente) de la aplicación de cualquiera de estas derogaciones.
Estas derogaciones se podrán aplicar hasta el 31 de diciembre de 2020, y son las siguientes:
– Duración máxima diaria de la jornada laboral: 12 horas (en lugar de 10 horas)
– Duración máxima de los trabajos nocturnos: 12 horas (en lugar de 8 horas), con la condición de atribuir un reposo compensador de una duración al menos equivalente a lo que sobrepase la duración habitual
– Reposo consecutivo diario: 9 horas (en lugar de 11 horas), con la condición de atribuir un reposo compensador igual a la duración del reposo normal que el trabajador no ha podido tener,
– Duración máxima semanal del trabajo de día: 60 horas (en lugar de 48 horas)
– Duración máxima semanal del trabajo nocturno: 44 horas (en lugar de 40 horas)
Estas horas se pagarán como el resto de horas extra conforme a la normativa francesa.
En cuanto al reposo los domingos, éste también queda derogado con las condiciones anteriores.
Quedamos a su disposición para cualquier duda que pueda surgir así como para preparar el comunicado a la DIRECCTE sobre la aplicación de esta derogación.